Inscrita en el registro de Asociaciones de la Consejería de Presidencia de la Junta de Extremadura con el número 3.829. Teléfono 675 043 835
Correo electrónico- Para ponerte en contacto con nosotros pulsa el logo del correo electrónico.


Oct 03 2011

El ayuntamiento de Villafranca decide el traslado de las antenas

Miembros de las plataformas

Situación de las antenas y centros de enseñanza.

En contestación a una solicitud de información de nuestra asociación, el ayuntamiento de Villafranca de los Barros nos comunica que “actualmente existen en la localidad instaladas en las inmediaciones de la Plaza de Toros varias operadoras de telefonía móvil, […] estando previsto su traslado a la fecha de expiración de los contratos vigentes….”, añadiendo “este Ayuntamiento ha decidido trasladar las antenas existentes, así como las nuevas peticiones, a un único punto de la localidad, en que hacer aplicación de los dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril,…”. Y por último concluye diciendo que “tras consultar con un Ingeniero de Telecomunicaciones se ha considerado que la parcela municipal del polígono industrial “los Varales” reúne las características adecuadas para la instalación y funcionamiento.”

La Plataforma recibe con alegría la decisión del consistorio, y aún siendo consciente de las dificultades que para la administración, y en particular para los ayuntamientos, supone luchar contra los intereses económicos de las grandes empresas de telefonía, considera que se ha tardado demasiado en tomar esta determinación. También valora positivamente que se haya contestado a la solicitud de información dentro del plazo legalmente previsto, esperando que esta actitud sea la norma que promueva la transparencia que la administración pública debe observar con sus ciudadanos.

Para situar los hechos, nos tenemos que remontar a octubre de 2005, fecha en la que la Plataforma solicitó por primera vez información sobre el tema, sin que el Ayuntamiento contestase. Esto llevó a la Plataforma a volver a solicitarla, recibiendo el silencio por toda respuesta. Así, para hacer uso de nuestro derecho a conocer, se remitió escrito de queja al Defensor del Pueblo, y por último, en septiembre de 2006 se presentó denuncia ante el Juzgado de Mérida reclamando por vía judicial la información solicitada.

Dado que las antenas han continuado en el mismo lugar, en septiembre de 2011, la Plataforma remitió un escrito solicitando información y preguntando si se habían llevado a cabo los acuerdos tomados por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2006, obteniendo la información a la que hacemos referencia.

Cada día hay más informes científicos que alertan sobre los peligros de los campos electromagnéticos, por ejemplo podemos hacer referencia a la Resolución 1815 de 27 de mayo de 2011, de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa sobre ‘Peligros potenciales de los campos electromagnéticos y su efecto en el medio ambiente’, en la que propone rebajar, hasta casi 1.000 veces, los límites legales de exposición existentes actualmente en España. En este mismo sentido, recientemente la Agencia Internacional de Investigación del Cáncer (IARC), un organismo dependiente de la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha clasificado las radiofrecuencias emitidas por los teléfonos móviles como ‘posibles carcinógenos’.

 

Como vemos, hoy existen evidencias científicas suficientes para afirmar que la radiación indiscriminada de microondas, que genera la red de telefonía móvil sobre la población, tiene efectos biológicos indeseables e introduce un riesgo inaceptable para la salud pública. Aún reconociendo la disparidad de criterios manejados por los distintos interesados, y con la experiencia de múltiples sustancias o actividades pretendidamente inocuas, que luego se han mostrado malsanas (amianto, numerosos pesticidas inicialmente inofensivos y luego prohibidos, alimentar a las vacas con piensos cárnicos, medicamentos que luego han provocado graves malformaciones, uranio empobrecido...) lo único razonable es un enfoque que prime la salud de los ciudadanos antes que los intereses económicos de empresas poderosas.

La Plataforma solicita al Ayuntamiento que una vez tomada la determinación de trasladar las antenas, haga todo lo que legalmente pueda para que las mismas sean reubicadas sin esperar a la expiración de los contratos, haciendo así valer el principio de precaución o cautela, principio aceptado de forma generalizada internacionalmente. La Plataforma estudiará la posibilidad de solicitar la fecha de expiración de los contratos aludidos que no ha sido facilitada por el Ayuntamiento.

03 de octubre de 2011


 


medios

logo hoy
A la papelera




logo hoy
A la papelera





logo hoy
A la papelera