Inscrita en el registro de Asociaciones de la Consejería de Presidencia de la Junta de Extremadura con el número 3.829. Teléfono 675 043 835
Correo electrónico- Para ponerte en contacto con nosotros pulsa el logo del correo electrónico.


La Junta de Extremadura impone una sanción simbólica a la fábrica de grasas Campo Verde

Contaminación

Tan solo 1000 € por infringir una ley diseñada para proteger a todos los ciudadanos.

Hace algo más de un año la Plataforma se interesó por los trastornos que una nueva industria estaba ocasionando en la ciudad de Almendralejo. Se trataba de una fábrica de tratamiento de grasas animales, Agropecuaria Campo Verde S. L., que entre otras molestias, producía intensos olores desagradables. La primera información que obtuvieron fue que la industria no contaba con la perceptiva autorización ambiental, como suele ser costumbre, por desgracia, en nuestro entorno.

Y como también suele ser costumbre, las autoridades encargadas de velar por el cumplimiento de la ley, empezaron a actuar tras la denuncia de los ciudadanos. Así pues, los técnicos de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, visitaron las instalaciones de Campo Verde en diferentes ocasiones, constatando que la industria no contaba con la correspondiente autorización ambiental (ni presumiblemente con la licencia de actividad que otorga el Ayuntamiento), y que las instalaciones carecían de los medios necesarios para minimizar el impacto (los olores por ejemplo) en su entorno. Concluyendo, que los ciudadanos nos podíamos haber evitado las molestias sufridas si la empresa por un lado, y la administración por otro, hubiesen hecho bien su trabajo.

Tras un largo año, la Consejería mencionada concluye que la industria Agropecuaria Campo Verde S. L. ha infringido la Ley de Prevención y Calidad Ambiental, y le impone una multa de 1000 €, la cuantía mínima establecida por la misma ley (resolución remitida por la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, y recibida por la Plataforma el 1 de agosto). Para la Plataforma esta sanción es insuficiente. Con sanciones así, que resulta más barato pagar una infracción que no cometerla, y en un mundo empeñado en que creamos que el mercado lo es todo, no es extraño que lo normal sea infringir la ley, como se ha comentado más arriba, pues económicamente es más rentable.

Además, la Plataforma considera que no se ha tenido en cuenta el art. 154.2 de la LEY 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece: “Cuando la cuantía de la multa resulte inferior al beneficio obtenido por la comisión de la infracción, la sanción será aumentada, como mínimo, hasta el doble del importe en que se haya beneficiado el infractor.”

Resulta llamativo observar como la administración impone sanciones mucho más cuantiosas en caso de infracciones urbanísticas. La Ley de Urbanismo está para protegernos a todos, al igual que la Ley de Calidad Ambiental, para eso fueron diseñadas y aprobadas. ¿Por qué entonces priman los intereses de unos cuantos, casi siempre camuflados tras los puestos de trabajo, por encima de la calidad de vida de todos?

 

06 de agosto de 2012


 


medios

logo hoy


Multan a una fábrica con mil euros por incumplir la ley ambiental.

07.08.12 - 00:09 - GLORIA CASARES

 

La plataforma contra la Contaminación denuncia que Medio Ambiente pone una «multa de solo 1.000 euros» a una fábrica de tratamiento de grasas animales, Agropecuaria Campo Verde S. L, por funcionar sin la autorización ambiental necesaria.

En una nota, la plataforma recuerda que hace un año denunció que la citada fábrica, instalada en el polígono industrial, había comenzado su actividad sin la «perceptiva autorización ambiental», después de interesarse por ella al producir «molestias» e «intensos olores desagradables». Denuncian que la inspección de los técnicos de la consejería en diferentes ocasiones, solo se hizo tras la queja de este colectivo.

Aseguran que «tras un largo año», la consejería concluye que la industria ha infringido la Ley de Prevención y Calidad Ambiental y le impone «la cuantía mínima» establecida por la misma ley, que califican de «sanción insuficiente».

Fuente

logo hoy



A la papelera