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Ene 26 2005

La Junta de Extremadura no realizó ninguna revisión a Vinibasa en los últimos diez años

 

El martes 18 de enero se personaron varios componentes de la Plataforma contra la Contaminación en las oficinas de la Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas de la Junta de Extremadura, donde fueron recibidos por el Jefe de Servicio de Ordenación y Planificación Industrial, Sr. García, para solicitar información sobre las mediciones efectuadas en Vinibasa. En el transcurso de dicha conversación el propio responsable del departamento reconoció la obligación legal que tienen de contestar las solicitudes de información en el plazo máximo de dos meses, no pudiendo explicar por qué habían transcurrido mas de tres meses sin haber cumplido con esa obligación, respecto a lo cual el jefe de servicio de Ordenación y Planificación Industrial se comprometió formalmente a enviarla en el plazo máximo de una semana, el cual ya ha sido rebasado, y sobre la información solicitada todavía no se ha recibido ninguna noticia.

 

Durante la entrevista, tuvo la amabilidad de explicar a los miembros de la Plataforma el procedimiento que se sigue en el control de las industrias, que podíamos resumir de la forma siguiente:

Las industrias, dependiendo de la actividad a la que estén dedicadas, tienen que pasar un número determinado de revisiones legalmente establecido. Para ello, las mismas industrias son las encargadas de elegir una de las empresas, autorizadas por la Junta de Extremadura, para realizar las inspecciones de emisión oportunas. Una vez concluido esta revisión, los resultados de la misma se entregan a la industria que las ha contratado, no teniendo la obligación de informar a la administración, ni siquiera en caso de que los análisis demostraran que se estaba emitiendo por encima de lo legalmente establecido y solamente estarían obligadas a efectuar esta comunicación en caso de peligro inminente.

Las industrias están obligadas a tener todos estos análisis archivados por si fueran solicitados por la administración.

 

El Sr. García, comunicó a la Plataforma que la administración no tiene ninguna obligación de efectuar revisiones, a menos que se le sea solicitado por algún organismo, asociación o particular. Dado que nadie le ha pedido, de forma directa y por los cauces legales que lo hiciera, es por lo que no se ha realizado ninguna revisión hasta la primavera de 2004, la cual dio como resultado que se sobrepasaban los límites legalmente admitidos.

 

Según esta información, no se puede afirmar que el Ayuntamiento de Almendralejo haya sido sensible a las quejas reiteradas de los ciudadanos y al estudio que se efectuó y que ponía de manifiesto que una de los problemas más importantes para los ciudadanos eran los malos olores, dado que en diez años no solicitó ni una sola vez los resultados de los análisis de emisiones

 

De todo lo anteriormente expuesto se deduce que los ciudadanos, que en las diferentes localidades de la comunidad, sufran las consecuencias negativas de alguna industria, exijan a su ayuntamiento que solicite a la dirección General de Ordenación Industrial, que efectúe una revisión de las emisiones a fin de asegurar que no se esta poniendo en peligro su salud.

26 de enero de 2005